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| Nuevas obligaciones para Cooperativas que realicen operaciones de créditos |
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03/02/2012 - Mediante la Resolución N° 11/2012, la Unidad de Información Financiera (UIF) estableció las medidas y procedimientos que deberán observar las cooperativas que realicen operaciones de créditos para prevenir, detectar y reportar los hechos, actos, operaciones u omisiones que pudieran constituir delitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo. Asimismo, a través de la Resolución N° 12/2012, la UIF estableció las medidas y procedimientos que deberán observar el INAES y los Órganos Locales Competentes, como sujetos obligados en la fiscalización a Cooperativas y Mutuales. |
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| Las cooperativas deberán tener filiales donde presten servicios |
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03/02/2012 - Mediante la Resolución Nº 4516/11, el INAES dispuso que las cooperativas deberán abrir filiales, seccionales o cualquier otro tipo de delegaciones en todas aquellas jurisdicciones en donde presten sus servicios y se encuentren fuera de la correspondiente al domicilio fijado como su sede social. |
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| La ANSeS reglamentó el Decreto 246/11 |
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06/01/2012 - Mediante la Resolución N° 18/2011, la ANSeS reglamentó el Decreto 246/11, que entre otras regulaciones, fija la tasa máxima que pueden cobrar las entidades mutuales y cooperativas que otorgan créditos utilizando el código de descuento del citado organismo. La ANSeS estableció que los descuentos de haberes para cubrir las cuotas de los créditos no podrán superar el 30% de la jubilación neta. |
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| Préstamos a jubilados a través de la ANSeS: se regularon las tasas de interés |
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23/12/2011 - El 21 de diciembre, la Presidenta de la Nación, Dra. Cristina Fernández de Kirchner, anunció en cadena nacional, un decreto que regula las tasas que cobran las entidades que poseen código de descuento en el ámbito de la ANSeS, entre ellas, 92 cooperativas. El Decreto N° 246/11 se publicó en el Boletín Oficial el 22 de diciembre. El costo financiero total, incluida la cuota social, no podrá exceder en más de cinco puntos porcentuales el fijado por el Banco Nación para el mismo tipo de préstamos.
Ver texto completo del decreto 246/2011. |
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| Las cooperativas con planes parciales de salud deberán remitir información al INAES |
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23/12//2011 - Así lo dispuso el Instituto mediante la Resolución N° 217/11. Las cooperativas que brinden servicios de salud deberán remitir al INAES la información actualizada respecto de las características de los mismos, manifestando expresamente su interés en continuar brindando servicios de cobertura parciales. FAMSA y FAESS difundieron un comunicado conjunto. |
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